
Siempre me han gustado las posibilidades del diseño en cualquier ámbito, creo que potencian cualquier actividad. Por eso me ha gustado ver esta forma de cubrir un edificio en la Av. de George-V en París en donde se están ejecutando unas obras de rehabilitación. La verdad es que hasta que no estaba a diez metros no sabía si mi vista había empeorado o si Dalí seguía pintando.
Feliz Navidad a todos.
Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón.
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Leo en El Mundo que "El Tribunal Constitucional ha acordado suspender de forma cautelar el artículo 9 de la Ley de Medidas Urgentes de la Comunidad de Madrid, que afecta a los agentes forestales, tras admitir el recurso del Gobierno, según han informado fuentes del PSM.
La providencia del Tribunal Constitucional, con fecha 20 de diciembre, explica que la admisión a trámite del recurso "produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado, desde la fecha de interposición del recurso -29 de octubre de 2007- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros"."
Esta fue una de las modificaciones de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid incluidas en la Ley 3/2007, y posiblemente la que más repercusión mediática suscitó.
La suspensión no prejuzga la cuestión de fondo, simplemente suspende los efectos que pueda desplegar la Ley hasta que el Tribunal Constituional se pronuncie sobre el fondo del recurso planteado.
De momento, los agentes forestales podrán intervenir en fincas privadas sin autorización judicial.
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Durante el lunes y el martes voy a estar "encerrado" en un seminario sobre la Ley 3/2007 de Medidas Urgentes de Modernización de la Comunidad de Madrid, que en mi opinión, va a trastocar, y mucho, la actual Ley del Suelo de la Comunida
d de Madrid.
Aunque se haya denominado como de "Medidas Urgentes de Modernización", contiene importantes modificaciones, en lo que a urbanismo se refiere, sobre la tramitación y aprobación de los Planes Generales, regulación de la altura máxima de las edificaciones (3 plantas más ático), supresión del agente urbanizador y de los convenios de planeamiento, y varios aspectos medioambientales de la Ley.
Hoy quiero comentar las novedades que se introducen en el Avance de planeamiento, que pasa a ser preceptivo en la nueva redacción de Planes Generales y de Sectorización (en los anteriores borradores llegó incluso a suprimirse en parte), en las revisiones de los anteriores instrumentos y en modificaciones puntuales de Plan General y Plan de Sectorización que afecten a una superficie superior al 10 por 100 del Plan.
El documento de Avance del Plan General tendrá validez y, a continuación, se podrá someter a aprobación inicial el PGOU, si el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid emite un nuevo instrumento denominado "Informe de Impacto Territorial", que es preceptivo y vinculante para la aprobación del Avance. Es decir, se establece un control previo de la Comunidad de Madrid, sobre los documentos que los Ayuntamientos enviarán para aprobación definitiva, puesto que dicho Avance cierra prácticamente todas las posibilidades de modificación posterior al pronunciarse sobre temas como:
- Incidencia del avance sobr el municipio afectado y municipios colindantes.
- Dotaciones y equipamieno.
- Infraestructuras y servicios.
- Redes generales y supramunicipales de transporte.
- Aspectos que afecten directa o indirectamente a la estrategia territorial de la Comunidad de Madrid.
En definitiva, la Comunidad de Madrid se reserva un control amplísimo del contenido del documento que recibirá posteriormente.
Creo que esta medida adolece de un exceso de intervencionismo y que se contradice con la denominación de la Ley, porque poca "modernidad" aporta a un procedimiento que no funciona como sería deseable. En la última legislatura y según datos aportados hoy, se han aprobado cinco Planes Generales, y más de cincuenta siguen esperando la emisión del informe de análisis ambiental
No parece que esta medida suponga una mejora. Analizaré las restantes en otros artículos.
Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón
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