El Tribunal Superior de Justicia de Madrid anula la sanción más elevada impuesta a una promotora.
Hemos leído en Noticias-Aranzadi que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado la sanción de 390.000 euros que la Consejería de Sanidad y Consumo de la Comunidad impuso en 2004 a la promotora Unión para el Desarrollo Inmobiliario (UDINSA), la sanción más elevada impuesta por la Administración regional en materia de consumo, según dicha fuente.
Según la citada editorial, "la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, es el resultado de un recurso contencioso-administrativo interpuesto por UDINSA ante el TSJM, a raíz de un acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid de 26 de agosto de 2004 que sancionaba a dicha promotora por la supuesta comisión de una infracción calificada como muy grave en la Ley regional de Protección de los Consumidores".
Al parecer, y citamos textualmente lo publicado por Noticias-Aranzadi, la sanción "hacía referencia a la construcción por parte de UDINSA de 36 chalés junto a la Quinta de los Molinos, en el distrito madrileño de San Blas, "con materiales de menor calidad a la acordada y por entregar las viviendas con desperfectos". Después de tres años de tramitación, el TSJM ha fallado la improcedencia de la sanción, al considerar que no se ajusta al Ordenamiento Jurídico y "sin entrar siquiera en el fondo del asunto", según la promotora sancionada".
Cuando dispongamos de la sentencia analizaremos en este blog su contenido, pues las sanciones a promotoras en materia de consumo no han estado exentas de polémica, ya que regulaban aspectos que hasta hace poco se consideraban sujetos a los pactos que establecieran vendedor y comprador.
Miguel Ángel Pérez de la Manga Falcón
despacho manga abogados

